La Iglesia

Después de la ruptura de relaciones entre la Iglesia y el Estado, mucha agua había corrido bajo los puentes. Pero ya desde 1880, Eliseo Payán, Presidente del Senado, se había pronunciado por la necesidad de un restablecimiento de esas relaciones; al año siguiente se publicó el famoso libro de Pablo Restrepo “La Iglesia y el Estado en Colombia”, muy difundido. Restrepo, que era un católico integral de mucho respeto, opinaba que la Iglesia debía ocuparse de los asuntos civiles. Los negocios atinentes a las dos potestades y de ellos la educación y el matrimonio eran puntos críticos, se tratarían por medio de un Concordato.

El problema residía en que el Vaticano exigía grandes indemnizaciones por las pérdidas sufridas por la desamortización y el gobierno no estaba en capacidad de pagarlas. La Iglesia argumentaba que no solo había perdido un capital de suma cuantía sino también las rentas que éste hubiera producido. Como Núñez decía que el Estado no devolvería los bienes expropiados y la Iglesia pedía que se la resarciera de su pérdida, era muy difícil encontrar una solución que satisficiera a las dos partes.

Había que tener en cuenta que la reanudación de las relaciones haría que la Iglesia volviera a ser una fuerza política y a tener injerencia en la educación. Para entonces, la Iglesia ya había formado una alianza con el partido conservador que era también enemigo de las reformas radicales; los conservadores habían reclamado protección y respeto para los católicos, argumentando que eran la mayoría del pueblo colombiano, habían ayudado a defender los intereses económicos y políticos de la Iglesia y,    así mismo, habían defendido a los sacerdotes y obispos desterrados, encarcelados o reclutados a la fuerza.

Esta “cuestión religiosa” fue el punto crítico de divergencia entre los partidos pero no solo por argumentos doctrinarios: la acusación de que los sacerdotes hacían proselitismo político a favor de sus aliados desde el púlpito y el confesionario, permitía considerar sus opiniones como decisivas en tiempo de elecciones.

El Concordato

En junio de 1880, Núñez nombra al general Sergio Camargo como su Agente Confidencial y lo acredita como Ministro ante el Reino de Italia, con el encargo de que reinicie las conversaciones con la Santa Sede. El general Camargo llega a Roma e inmediatamente continua las conversaciones que su predecesor, el Dr. Quijano Wallis, había hecho por medio de la agencia oficiosa del abogado Francisco Mansella. Muy pronto el general, en su calidad de Ministro, firma una Convención con el Cardenal Lorenzo Nina, Secretario de Estado de su Santidad.

CRONOLOGÍA

1878

Octubre

Envían un abogado a Quijano Wallis como Cónsul general y encargado de negocios de Colombia ante el Reino de Italia-Usa.

1880

Junio

Envían a Sergio Camargo directamente a la Santa Sede.

1880

Junio 15

Se firma la Convención Carmargo – Nina.

1881

Marzo

Rechazada por anticonstitucional. Envían a Baena como Agente ante la S.S. Debate en el Congreso.

1881

Julio 3

Después, Baena refuta en carta desde Roma.

1882

Mayo 1

Recibido Agnozzi.

1882

Diciembre

Vuelve Eugenio Baena. Gobierno de Otálora.

1883

Diciembre

Envían a Joaquín F. Vélez.

1884

Enero

Mensaje de Otálora.

1885

Enero

Guerra civil. Vuelve Vélez.

1886

Marzo 31

Vélez es nombrado como En. Ex. M. Pl. ante la Santa Sede, por Núñez.

1887

Abril 29

“Minuta de Instrucciones” de Núñez.

1887

Mayo 6

Suscripción de la “minuta” por F. Angulo.

1887

Julio 23

Carta de Núñez en la que pide “protección visible” del Santo Padre.

1887

? ?

Carta de Núñez al Papa León XIII pidiendo rebaja.

1887

Noviembre 7

Carta de Vélez a Núñez informándole de las negociaciones.

1887

Diciembre 31

Se firma en Roma.

Esta Convención era un “modus vivendi” para fijar ciertos puntos mientras se llegaba a la firma del Concordato propiamente dicho. Pero el Dr. Núñez la desautoriza en el mensaje presidencial de febrero de 1881, diciendo que el gobierno deseaba ir tan lejos como fuera posible constitucionalmente en las concesiones a la Iglesia, pues estaba consciente de que el catolicismo era la religión de la mayoría de los colombianos y que para ese efecto habían mandado al general Camargo como su Ministro, pero que se había encontrado con que en esta Convención, la Santa Sede exigía el reconocimiento y sanción, por parte de la República de Colombia, de la Constitución Divina y y de los Cánones de la Iglesia.

Estos requerimientos se enunciaban en el Artículo 2° que decía: “El gobierno de los Estados Unidos de Colombia reintegra a la iglesia católica en la libertad de sus atribuciones, según su Constitución Divina y los Sagrados Cánones… etc, etc.” Por lo tanto se había rechazado el proyecto a causa de que el Artículo 2° era incompatible con la Constitución colombiana pues en los cánones de la Iglesia regían disposiciones que eran contrarias a aquella. Además, se había enviado como nuevo Agente Confidencial del gobierno, esta vez ante la Santa Sede, al Dr. Eugenio Baena para que arreglara la cuestión en términos que no fueran lesivos a la soberanía nacional.

El general Camargo, furioso por el rechazo, publica entonces una Hoja Suelta. En ella se queja de que Núñez no le había dado a a conocer oportunamente la opinión del ejecutivo sobre el Convenio que había firmado ad-referendum y remitido a Bogotá para su aceptación o improbación. Decía además que Núñez citaba incompleto el Artículo 2° y que él no se había apartado de sus instrucciones, las cuales citaba en su totalidad.

Pero lo grave era que el general agregaba que Núñez tenía razones de índole personal para no aceptar la Convención. Esto es, que uno de los temas en discusión era la anulación del matrimonio católico de su primera esposa, doña Dolores Gallego, para poder casarse con doña Soledad Román, con quién había contraído matrimonio civil en París en 1877.

A principios de marzo, el general Camargo presenta al senado un proyecto de Ley derogatoria de la de 1877 sobre tuición de cultos. El senado llama al Secretario de Gobierno, doctor Clímaco Calderón para oír el concepto del poder ejecutivo sobre el asunto. El Secretario aclara que el gobierno considera inconveniente tal medida mientras no se firme un Tratado con la Santa Sede. Al día siguiente el Secretario de Instrucción Pública y Relaciones Exteriores, doctor Ricardo Becerra opina que se debe conservar esa Ley como una última carta con la cual se pueda negociar con la Iglesia y llegado el caso, sacar algún provecho de su derogación. Esta declaración es inesperada y sorpresiva pues se supone que el gobierno está ansioso por normalizar las relaciones con la Iglesia.

El 12 de marzo se solicita la lectura de las instrucciones impartidas al doctor Baena, sucesor del general Camargo. El Secretario de Relaciones alega que el gobierno no está en la obligación de mostrar el documento pero que accede si la sesión es secreta. El 19 de marzo toma la palabra el Secretario de Relaciones para hacer una defensa del gobierno y acto seguido, y en sesión secreta, se leen las famosas instrucciones. Después de su lectura el Senado, más tranquilo, resuelve esperar indefinidamente el resultado de las negociaciones del doctor Baena.

Así, el debate en el Senado entre el doctor Becerra, Secretario de Relaciones y el general Camargo fue escandaloso. Los periódicos de la época narran como los violentos insultos del general afectaron tanto al doctor Becerra que le ocasionaron una congestión cerebral y más tarde la pérdida de la vista.

Núñez contesta la acusación del general en una nota titulada “El Concordato” que publica en el periódico La Luz:

Comprendo que se ha querido hacer pensar que la no aprobación del proyecto por parte del gobierno ha tenido por causa interés personal. La respuesta a tal insinuación es muy sencilla: si el proyecto es bueno, ¿por qué no lo aprueba el congreso?

El gobierno se ha limitado a manifestar su opinión y nada más. Y nadie lo ha refutado. La prueba del sincero interés con que se ve en las regiones oficiales un arreglo aceptable con la Santa Sede, se encuentra en el hecho mismo de la nueva comisión enviada sin demora a Toma y en la espontaneidad con que en el año último se pidió al Congreso la derogación de las leyes de confiscación y extrañamiento expedidas en 1877.

En el Diario de Cundinamarca, órgano autorizado del radicalismo, aparece un artículo según el cual la misión del agente confidencial Eugenio Baena era:

Ofrecer a la Santa Sede la aprobación por el gobierno de las cláusulas de la Convención acordadas con el general Camargo, a cambio de una bendición de la Santa Sede para el matrimonio civil contraído por el presidente Núñez, poco antes de comenzar su período ejecutivo, con una señora de la sociedad de Cartagena.

Solamente el 3 de julio de 1881, el Dr. Baena refuta esta acusación en un artículo escrito y fechado en Roma, publicado en El Porvenir de Cartagena:

En efecto: si el gobierno, o mejor dicho, el presidente doctor Núñez hubiera tenido el pensamiento de aprobar el convenio Nina-Camargo si por su parte la Santa Sede daba en cambio la bendición de que habla el diario, claro es que hubiera aguardado a que yo le informara del resultado de mis gestiones en aquel sentido para obrar él en conformidad con ese resultado. Pero es así que en febrero 1° cuando yo no había siquiera llegado a Roma, el presidente dice a las cámaras en un documento de la importancia del mensaje general, que no había aprobado la convención por tales y cuales motivos. Luego es evidente que el presidente no hacía depender la aprobación o la improbación del convenio del cumplumiento de la condición de que estaba yo encargado, según los informes del diario, de hacer saber al Vaticano.

Yo afirmo ante Dios y ante la Patria que es absolutamente falso y calumnioso que se me haya confiado por el Presidente de la República una misión oculta de carácter puramente privado al lado de la pública a que se refieren las instrucciones que han sido aprobadas por el senado. (El Porvenir, Cartagena, 3 de julio de 1881).

La Convención quedó, pues anulada. Alvaro Tirado Mejía (1991) en su libro “Sobre Historia y Literatura” dice: “desgraciadamente, por razones de política interna del partido, el Congreso dominado por Núñez no aprobó la Convención, con el objeto de que un radical como Camargo no obtuviera ese triunfo político” (p.114).

Y, en la obra “La vida azarosa de Rafael Núñez”, el Dr. Gustavo Otero Muñoz (1951) opina lo mismo:

La iniciativa del general Camargo en favor de la Iglesia, quedó, por lo tanto, sepultada en medio de aquel desconcertante debate. Los senadores independientes -excepto el señor Pereira Gamba- se decidieron desde un principio por la negativa defraudando una de las mas preciosas y trascendentales promesas de la Regeneración; y lo más deplorable era que, según se afirmaba por todas partes, el gobierno y los senadores de la mayoría estaban en contra, no por razones de conciencia o por convicción política, sino por evitar que los radicales ganaran influencia entre los conservadores y el clero por haber iniciado el proyecto. (p.149)

El doctor Eugenio Baena reanudó negociaciones el 22 de marzo de 1881 recién llegado a Roma, logrando que el Santo Padre enviara a un representante para perfeccionar las concesiones que debían ser recíprocas. Sin embargo, transcurrió casi un año sin que pasara nada. Finalmente, el 11 de mayo de 1882 llegó a Bogotá Monseñor Juan Bautista Agnozzi como “Enviado Extraordinario y Delegado Apostólico en misión confidencial”. Moseñor Agnozzi entró a conferenciar con el Dr. Quijano Wallis, quien en ese momento ejercía como Canciller del Presidente Zaldúa.

Todo apuntaba a una rápida solución cuando, a causa de la “exigüidad  de la partida votada en el presupuesto para el servicio diplomático”, el cargo del Dr. Baena fue suprimido Dr. el Ministro tuvo que devolverse para Colombia. En el mismo año de 1882, al morir el Presidente Zaldúa, el Dr. José Eusebio Otálora entró a desempeñar la primera magistratura y designó como su canciller al Dr. Antonio Roldán.

No obstante, el Presidente Núñez persistía en su deseo de arreglar su situación matrimonial. A través del general Jorge Holguín pidió  a Monseñor Agnozzi que se interesara en la cuestión de su divorcio  de doña Dolores. Monseñor, que ya le tenía mala voluntad a Núñez, se mortificó grandemente con la solicitud y se negó a decir una palabra. Entonces Núñez sugirió al gobierno de Otálora que enviara a un nuevo delegado. El hombre escogido fue don Joaquín Fernando Vélez, a quien enviaron a Roma pero se olvidaron de darle instrucciones. Probablemente no se había informado al presidente Otálora de esta circunstancia, pues en enero de 1884, en el mensaje al congreso informa que el Ministro Vélez ha logrado grandes triunfos en su misión. Se comprenderá la reacción, tanto del Vaticano, como del ministro Vélez ante semejantes inexactitudes.

Cuando Núñez ejerce la presidencia por segunda vez, resuelve elevar la categoría de Vélez a la de Ministro Residente con el objeto de darle mayor autoridad, pero en ese momento estalla la guerra de 1885 y el general tiene que devolverse para Colombia y unirse al general Rafael Reyes y pelear con él en Calamar y la Humareda.

En marzo de 1886, Vélez vuelve una vez mas a Roma, donde pasa un año sin poder hacer nada. Exasperado, Núñez le dirige, el 29 de abril de 1887, una “Minuta de Instrucciones” en las cuales aclara al diplomático cuáles deben ser las propuestas en materia económica y en lo atinente al matrimonio y a los textos para la enseñanza de la religión. Esta Minuta fue ampliada y suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Felipe Angulo. Pero como pasaba el tiempo y nada se resolvía, en julio de 1887 Núñez decide escribir una carta confidencial al Ministro Vélez, donde dice lo siguiente:

Aquí la demagogia ha echado muchas raíces y en realidad no podemos combatirla sino con el sentimiento católico. Necesito yo pues personalmente, de todo el apoyo del Santo Padre para poder coronar la obra, o por mejor decir, para que no sea de duración efímera. Pronto tendremos ley de elecciones y la tarea será difícil en ese campo escabroso. Si el Padre Santo hace visible su protección a mis esfuerzos, yo me sentiré mas y mas fuerte contra los peligros políticos. Toda su misión debe rodar inexorablemente en torno de ese eje. Usted sabe hasta donde llegan mi sinceridad y desprendimiento personal y hágalo así saber netamente.

[José de la Vega: “La federación en Colombia 1810-1912. Tesis para optar el título de doctor en derecho y ciencias políticas. Bogotá, Imprenta de La Cruzada. MCMXII]. El interlocutor del Ministro Vélez era el Cardenal Mariano Rampolla del Tíndaro, nuevo secretario de Estado de León XIII, persona inteligentísima, de criterio muy amplio, y de gran firmeza de carácter. Las discusiones se habían reducido a dos temas: el aspecto fiscal y el matrimonio.

El problema de la indemnización parecía insoluble, no porque el gobierno no entendiera el derecho de la Iglesia, sino porque su pobreza no le permitía comprometerse a pagar los intereses del 6% anual que pretendía el Vaticano.

Ante este impase, Núñez resuelve dirigirse directamente al Papa y pedirle rebaja con estas palabras:

Dada la cuantía de los bienes desamortizados parecería muy justo y puesto en razón que tales indemnizaciones fuesen mayores que las propuestas en las respectivas instrucciones comunicadas por mi gobierno a su representante ante la Santa Sede; y así debiera ser si los recursos de la república fuesen suficientes a hacer efectivas aquellas. Pero toda suma que excediese a la propuesta, sería insoluble para el gobierno y se reduciría para la Iglesia a un título nominal que difícilmente le procuraría la misma utilidad que la suma ofrecida por la república.

Se obligaría a lo imposible si aceptara condiciones mas gravosas que, sin producir efectivo bien a la Iglesia, redundarían desde luego en perjuicio del gobierno y mediatamente en detrimento de aquella.

Convencida con estos argumentos,

La Iglesia hizo a la república condonación del valor del capital no reconocido hasta entonces en ninguna forma de los bienes desamortizados y de los que debía por réditos o intereses vencidos y el gobierno en Colombia, en compensación de esta gracia, se obligaba a pagar a perpetuidad la suma anual de cien mil pesos colombianos, que se destinarían al auxilio de las diócesis, cabildos, seminarios, misiones y otras obras propias de la acción civilizadora de la Iglesia. (Gustavo Otero Muñoz, 1951, p.347)

En cuanto al problema del matrimonio, se declaraban de la exclusiva competencia de la autoridad eclesiástica las causas que afectaran el vínculo y separación de los cónyuges así como su validez. Así mismo, se disponía la asistencia de un funcionario oficial en la ceremonia del matrimonio eclesiástico para facilitar los efectos del registro.

Por fin, el 31 de diciembre de 1887, se firma en Roma el Concordato, suscrito por el Plenipotenciario de Colombia, señor general Joaquín Fernando Vélez y el eminentísimo señor Cardenal Mariano Rampolla, Secretario de Estado del Papa León XIII.

El Concordato concedió libertad y autonomía a la Iglesia católica; le otorgó personería jurídica y permiso para establecer comunidades religiosas; aceptó los efectos civiles del matrimonio católico, los edificios destinados al culto, seminarios, casas episcopales y curales quedaron exentos de impuestos y sobre todo, -puesto que esto había sido el detonante de muchas guerras civiles y “pronunciamientos”- se restableció la enseñanza religiosa en las escuelas y colegios. La Iglesia se comprometió a su vez, a no pleitar ni a perseguir a aquellos que hubieran adquirido predios desamortizados, además el gobierno tendría derecho para presentar candidatos para llenar las vacantes episcopales. Todos cedían.

Las opiniones sobre la “cuestión religiosa” eran las que determinaban realmente a qué partido político pertenecía cada cual. No obstante, es preciso repetir que las razones espirituales estaban reforzadas por otras de carácter económico más mundano, es decir, los pleitos por el valor de los predios de los conventos y comunidades, fueran ellos perdidos o adquiridos, el pago de los impuestos y sobre todo los sistemas de educación que tenían el doble carácter del lucro y el adoctrinamiento de la infancia.

También hay que anotar, que el fantasma de la obsesión de Núñez de arreglar la situación de su matrimonio con doña Soledad ronda por todos los rincones del Concordato. Sus biógrafos atribuyen esta obsesión al profundo amor de Núñez por doña Soledad Román y a su interés por que su mujer obtuviera el reconocimiento social que, por razones de índole política y religiosa, muy pocos estaban en capacidad de concederle.

Podría decirse que este deseo era puramente anecdótico, puesto que ya se había aceptado que las pugnas con la Iglesia no habían traído sino males sin cuento. Era urgente retomar las riendas del gobierno y tratar de poner en marcha al país. Pero, en 1887 todabía faltaban dos guerras para que de las ruinas pudiera empezar a surgir algo parecido a la paz. Interesa al lector de la vida de Suárez los avatares de las relaciones con la Iglesia, pues ésta fue uno de los baluartes en los que se apoyó el presidente paria. La influencia de la Iglesia en su vida y en su gobierno fue decisiva.

BIBLIOGRAFÍA:

La Doctrina Social de la Iglesia.

Las Tres Grandes Encíclicas sobre el Problema Social: León XIII “Rerum Novarum”, Pio XI “Quadragesimo Anno” y “Divini Redemptoris”. Biblioteca del Católico Social. Edit. Águila. Bogotá. Cra. 6 # 8-66. Gobierno Eclesiástico. Agosto de 1937.

Molina, Gerardo. Las Ideas Liberales en Colombia. 1915 – 1934. Ediciones Tercer Mundo.

Pike, Fredeck B. “The Conflict Between Church and State un latin América”. Alfred A. Knopf. 1964.

Pérez, Gustavo Wust, Isaac. “La Iglesia en Colombia”. Estructuras Eclesiásticas. Feres Friburgo. CIS Bogotá.

Van Gestel, C.O.P. “La Iglesia y el Problema Social”. Instituto de Estudios Políticos. Madrid 1963. Traducción de Jesús María Vásquez. O.P.